El TEPJF determinó la inexistencia de la omisión alegada inicialmente por Marcelo Ebrard en contra de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena

Toda vez que admitió su queja en contra el proceso de selección de la Coordinación de la Defensa de la Cuarta Transformación.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, determinó inexistente la omisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, de tramitar la queja presentada por Marcelo Luis Ebrard Casaubon, con relación al proceso interno de selección de la Coordinación de la Defensa de la Cuarta Transformación.

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El asunto inició cuando Morena dio a conocer el método para elegir a la persona encargada de la Coordinación de la Defensa de la Cuarta Transformación, en junio del presente año. Posteriormente, el 6 de septiembre, el partido informó los resultados de ese proceso interno.

En desacuerdo con lo anterior, Marcelo Ebrard presentó una queja ante el partido político el 10 de septiembre, solicitando que se anulara y volviera a realizar el referido proceso. El 25 de septiembre, Ebrard acudió ante la Sala Superior, porque el órgano partidista no había admitido su queja.

El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, y con la ausencia justificada de la magistrada Janine Otálora Malassis, determinó, por unanimidad de votos, inexistente la falta atribuida a Morena. Lo anterior, porque la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia admitió la queja a trámite el 29 de septiembre. No obstante, exhortó, por mayoría de votos, con el voto en contra del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, a la mencionada Comisión para que resuelva la queja dentro de los plazos legalmente establecidos (SUP-JDC-411/2023).

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