Tribunal aplica el VAR a Cuauhtémoc Blanco: Ordena que renuncie a su puesto de ‘góber’

Por mayoría de votos, los magistrados del Tribunal Electoral validaron la candidatura a diputado plurinominal de Cuauhtémoc Blanco… con un pero.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la candidatura de Cuauhtémoc Blanco, gobernador de Morelos, a una diputación federal por el principio de representación proporcional (es decir, como diputado plurinominal).

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No obstante, ordenó su inmediata separación del cargo de gobernador de Morelos si quiere mantener la candidatura esto con el fin de evitar una ventaja indebida con relación al resto de candidaturas por los mismos distritos.

Por cuatro votos a uno, las y los magistrados estimaron que el mandatario estatal no tiene impedimento legal para competir por dicha diputación.

El Pleno del Tribunal consideró que Cuauhtémoc Blanco no tiene el deber de separarse del cargo 90 días antes de la elección, porque dicha exigencia es expresa y únicamente para las candidaturas de mayoría relativa y no las de representación proporcional.

Por ello, determinaron validar el acuerdo del INE de 29 de febrero mediante el cual aprobó el registro de candidaturas a diputaciones federales por ambos principios, entre ellas, la de Cuauhtémoc Blanco Bravo.

Entonces, ¿por qué el Tribunal ordenó que Cuauhtémoc Blanco se separe de su cargo?

No obstante, advirtieron que, para evitar una ventaja indebida, Blanco Bravo debe separarse inmediatamente del cargo.

La decisión derivó de la impugnación presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra el Acuerdo INE/CG233/2024 del Consejo General del INE.

En dicho acuerdo, en ejercicio de la facultad supletoria, se aceptaron las candidaturas a diputadas y diputados al Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa y representación proporcional.

En específico impugnó el apartado respecto a la aprobación del registro de Cuauhtémoc Blanco como candidato propietario a diputado federal por la vía de representación proporcional de la IV Circunscripción.

El PRD aseguraba que Blanco se tenía que haber separado del cargo al menos 90 días antes de que se realizará el registro.

En su propuesta de resolución, el magistrado Felipe de la Mata, a la cual se adhirió el magistrado Felipe Fuentes, propuso desechar por infundado el argumento del PRD y, por ende, validar el registro del todavía gobernador.

Por otra parte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada Janine Otálora se pronunciaron por validar el registro de Blanco, pero pidieron exigirle al gobernador su inmediata renuncia.

La magistrada presidenta Mónica Soto se pronunció por cancelar la candidatura de Blanco al argumentar que la Constitución es clara en impedir que una persona que esté al frente de una gubernatura no puede ser electa para una diputación o senaduría en la entidad donde gobierna en el periodo de su encargo.

“Considero que esta disposición no admite una interpretación distinta a la literal, pues como señalé dicha interpretación está respaldada por la lectura histórica y finalista de la norma”, puntualizó.

Al final, y para evitar un empate en la votación, el ponente y el magistrado Felipe Fuentes Barrera se alinearon al criterio del magistrado Reyes Rodríguez.

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