Se aprueba ley Home Office: Patrones deberán pagar internet, luz y computadora

Después de que la Cámara de Diputados aprobara la reforma sobre el Home Office, el pleno del Senado avaló, en lo general y particular, la minuta para modificar el artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo; además, adicionó el capítulo XII BIS.

Con 91 votos a favor, se aprobó la reforma que ya fue enviada al Ejecutivo Federal para sus efectos y devuelta por la Cámara de Diputados con modificaciones al proyecto de decreto que el Senado le remitió el 19 de junio de 2019.

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Las modificaciones se realizarán para reconocer y regular el teletrabajo- mejor conocido como Home Office-, el cual se entiendo como la labor que se ejecuta para un patrón, pero en el domicilio del trabajador o un local elegido por él.

Además, también se prevé la obligación patronal de aportar los medios, recursos y herramientas necesarias para cumplir con el trabajo, entre los que se incluyen equipo de cómputo, sillas ergonómicas e impresora.

De igual manera, el patrón es responsable de recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas; así como asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

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