Retiran mordaza a la UNAM por el caso de la ministra Yasmín Esquivel Mossa

En sesión de este jueves, por unanimidad los integrantes del Colegiado modificaron la suspensión concedida a la ministra Esquivel Mossa en el amparo que tramitó contra la integración del Comité Universitario de Ética que estudia el caso del supuesto plagio de su tesis de licenciatura.

El Vigésimo Tribunal Colegiado en materia Administrativa de la Ciudad de México retiró la mordaza impuesta a la UNAM sobre el caso de la ministra Esquivel Mossa, sin embargo, por ahora la casa de estudios no podrá emitir resolución en el mismo.

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En sesión de este jueves, por unanimidad los integrantes del Colegiado modificaron la suspensión concedida a la ministra Esquivel Mossa en el amparo que tramitó contra la integración del Comité Universitario de Ética que estudia el caso del supuesto plagio de su tesis de licenciatura.

La medida fue concedida por la juez Quinto de Distrito en materia Administrativa quien ordenó a la UNAM no emitir su resolución, por el momento, y prohibió a la institución y al rector, Enrique Graue informar sobre el proceso en el que se estudia si la ministra plagió la tesis de licenciatura que presentó en 1987 o si ella fue víctima de esta conducta.

Al considerar este segundo efecto de la suspensión como una coacción en perjuicio del derecho a la información de los universitarios y de la sociedad en general, la UNAM presentó tres recursos de queja ante el Colegiado.

Salvador Alvarado, magistrado ponente del Colegiado señaló que la suspensión que frena la resolución de la UNAM es adecuada pues un acto como este sin analizar si la ministra está siendo vulnerada en sus derechos humanos, puede ocasionarle un daño de difícil reparación.

En cambio, con relación a la prohibición a las autoridades universitarias de informar sobre el caso de Esquivel Mossa, el magistrado señaló que hay interés público de conocer cómo evoluciona el procedimiento, por lo que no es posible prohibir a la UNAM dar a conocer los datos bajo ciertos requisitos.

«Hay cierto interés justificado de la sociedad para saber cómo va desarrollándose el procedimiento, a partir de ello, respecto al derecho de presunción de inocencia de la quejosa, consideramos que la información que en dado caso emita la universidad para que la sociedad tenga conocimiento sobre cómo evoluciona este procedimiento debe cumplir con las características definidas por la Suprema Corte para considerar que es información de interés público», dijo.

En consecuencia, el Colegiado declaró que la UNAM podrá informar sin opiniones sobre el asunto y únicamente sobre las actividades que realice el Comité Universitario de manera objetiva e imparcial.

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