Inicia IEE cómputos distritales de elección a gobernadora

Los Consejos Distritales Locales darán certeza de la votación emitida en los comicios del 5 de junio.

Este miércoles a las 08:00 a.m. iniciaron los cómputos distritales para contabilizar los votos emitidos en la jornada electoral del 5 de junio, en apego a la fracción VIII del artículo 91 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes.

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Las personas integrantes de los 18 Consejos Distritales Locales comenzaron la sumatoria de los resultados de las actas de escrutinio y cómputo de las 1,738 casillas que se habilitaron en los comicios. Cada consejo consta de una presidencia, una secretaría técnica y cuatro consejerías, además de las representaciones de partidos políticos.

Dicha fase consta de la comparación del acta levantada en casilla con los resultados en poder de la presidencia del Consejo Distrital; en caso de que los resultados de ambas actas sean los mismos se procederá a su cómputo, de lo contrario, se hará nuevamente el escrutinio de los votos.

Las actas de escrutinio y cómputo contienen el número de personas que votaron en la casilla, la cifra de votos emitidos en favor de cada uno de los partidos políticos y coaliciones, la cantidad de votos nulos, el número de boletas sobrantes de cada elección, así como el número de representantes de partidos que votaron en la casilla sin estar en el listado nominal de electores, una relación de los incidentes suscitados, además de una lista de escritos de protesta.

Cabe destacar que durante los cómputos se podrá solicitar la apertura de paquetes electorales en caso de que existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las actas, todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido o coalición, o bien, que el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre las candidatas o candidatos ubicados en el primero y segundo lugares, como lo marca el artículo 228 del Código Electoral del Estado.

De igual forma, en caso de que la diferencia entre el primer y segundo lugar sea igual o menor a un punto porcentual, y con la petición expresa de la representación del partido político, el Consejo Distrital deberá realizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas, a excepción de las que ya hayan sido sometidas a recuento de votos.

Una vez que concluyan los cómputos distritales, se remitirá el expediente final de los conteos al Consejo General, para que el domingo 12 de junio, en sesión extraordinaria, se realice el cómputo estatal de la elección, a partir del cual se entregará la constancia de mayoría a la candidata ganadora.

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