La UNAM concluyó, tras semanas de investigaciones, que el trabajo de la ministra fue una copia del proyecto presentado un año antes por Édgar Ulises Báez
Después de semanas de controversia y múltiples versiones sobre los hechos, la Facultad de Estudios Superiores (FES) Aragón finalmente determinó que la ministra Yasmín Esquivel Mossa incurrió en actos de plagio en su tesis de licenciatura, pues la consideraron una “copia sustancial” del proyecto de Édgar Ulises Báez Gutiérrez, presentado un año antes.
Pese a la comprobación de plagio, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) reconoció en un comunicado que no cuenta con los mecanismos necesarios para invalidar el título de la funcionaria. Sin embargo, existen otras vías que sí permitirían anular su grado en Derecho.
Vanessa Romero, columnista y especialista en leyes, dio a conocer a través de sus redes sociales que existe una forma en la que Yasmín Esquivel podría perder su título de licenciatura.
Cabe especificar que en el Estatuto General de la Universidad no hay un artículo que especifique la sanción por plagio en esta situación en concreto. No obstante, el Reglamento General de Exámenes de la misma casa de estudios, según explicó Romero, establece los requisitos de expedición de un título, así como la finalidad de los exámenes de grado.
“Los objetivos de los exámenes profesionales y de grado son: valorar en conjunto los conocimientos generales del sustentante en su carrera o especialidad; que este demuestre su capacidad para aplicar los conocimientos adquiridos y que posee criterio profesional”.
Teniendo esto en cuenta, la especialista en Derecho recordó que la UNAM es una corporación pública y un organismo descentralizado del Estado, por lo que se rige bajo la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
“El presente ordenamiento también se aplicará a los organismos descentralizados de la administración pública federal paraestatal respecto a sus actos de autoridad, a los servicios que el estado preste de manera exclusiva, y a los contratos que los particulares sólo puedan celebrar con el mismo”, puede leerse en el primer artículo de la normativa.
La relación de esto con la tesis de la ministra radica en que la emisión de un título profesional es, precisamente, un acto administrativo, detalló la columnista.
Por tal motivo, debe cubrir ciertos requisitos como “cumplir con la finalidad de interés público […] sin que puedan perseguirse otros fines distintos” y “ser expedido sin que medie error sobre el objeto, causa o motivo, o sobre el fin del acto”.
La consecuencia de no cumplir con tales requerimientos “no es menor: la nulidad o anulabilidad del acto”, agregó Romero en referencia a lo estipulado en el artículo 5 de la ley citada:
“La omisión o irregularidad de los elementos y requisitos exigidos por el Artículo 3 de esta Ley, o por las leyes administrativas de las materias de que se trate, producirán, según sea el caso, nulidad o anulabilidad del acto administrativo”.
“En suma: si bien es cierto que la normatividad de la UNAM no prevé la posibilidad de revocar un título, sí existen otros mecanismos para lograrlo”, finalizó la especialista en Derecho.
Recientemente, Eduardo Andrade Sánchez, exabogado general de la UNAM, consideró que el dictamen del Tribunal Universitario tendría un carácter estrictamente académico y su verdadero impacto estaría en la opinión pública respecto a la ministra.
Considerando lo expuesto por Vanessa Romero, la ministra Esquivel Mossa podría perder su grado de licenciatura, pero hasta el momento se desconoce si se hará efectiva dicha sanción.