La Sala Especializada del TEPJF determinó que la coalición Aguascalientes grande y para todos, y su entonces candidata a la gubernatura, Lorena Martínez Rodríguez, no vulneraron la normativa electoral, ya que no hubo contratación y/o adquisición de tiempo en radio.
El pleno del tribunal consideró que el contenido de los programas del noticiario radiofónico “Infolínea” no constituye propaganda electoral sino que se trata del legítimo ejercicio de la libertad de expresión. Ello, a través de la presentación y opinión relevante en el contexto político y acompañada de comentarios críticos, fuertes, polémicos, a modo de opinión, sin que ello encuentre prohibición alguna.
En sesión pública, la y los magistrados estimaron que la concesionaria Radio Libertad, Sociedad Anónima de Capital Variable, y el conductor de la estación “La Mexicana” 91.3 FM, José Luis Morales Peña, realizaron su labor periodística, se informó en un comunicado.
De tal suerte, indicaron que la otrora coalición integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM), Nueva Alianza y del Trabajo (PT), no vulneró la ley electoral en el marco de la contienda celebrada el 5 de junio.
En otro punto de la orden del día, la Sala Especializada determinó que un promocional del PRI no vulneró la normativa electoral, toda vez que constituye una crítica respecto de hechos noticiosos relacionados con el entonces candidato del Partido Acción Nacional (PAN) al Gobierno de Veracruz, Miguel Ángel Yunes Linares.
Por unanimidad, el Pleno coincidió que el spot priista se realiza a partir de información difundida en diversas notas periodísticas; lo cual ya forma parte del debate público.
La magistrada Gabriela Villafuerte Coello puntualizó que los temas que se abordan en los spots han estado en el escenario público, por tanto, deben visualizarse para abonar al voto informado, puesto que debe ser la sociedad la que haga una evaluación crítica.