Atiende IEE recursos de inconformidad de partidos políticos a resoluciones de Consejos Municipales Electorales

Además, se avaló la ampliación de fechas en el proceso de selección de personas Capacitadoras Asistentes Electorales Locales (CAEL) para el proceso electoral.

Durante la sesión extraordinaria de este lunes, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEE) resolvió diversos recursos de inconformidad presentados por partidos políticos contra las resoluciones de Consejos Municipales Electorales sobre el registro de candidaturas en planillas de Ayuntamientos, al asumir la competencia que se estipula en el artículo 330 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes.

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En el caso del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), se atendieron los recursos interpuestos por el partido y la C. Aída Karina Banda Iglesias, en contra de las resoluciones de los Consejos Municipales de El Llano, Rincón de Romos, Cosío, Jesús María, Tepezalá, San José de Gracia, San Francisco de los Romo y Aguascalientes.

De esta forma, se determinó lo siguiente:

  • El Llano: Se otorga el registro de las candidaturas a la Presidencia Municipal, Osvaldo Torres Padilla (candidato propietario)/ Adolfo Ángel Padilla Díaz (suplente).
  • Jesús María: Se ordena la revocación de la resolución del Consejo Municipal y se emite prevención para que se agote la garantía de audiencia a la totalidad de la planilla y, posteriormente, el Consejo General determine su procedencia.
  • San Francisco de los Romo: Se ordena la revocación de la resolución del Consejo Municipal y se emite prevención para que se agote la garantía de audiencia a la totalidad de la planilla y, posteriormente, el Consejo General determine su procedencia.
  • Aguascalientes: Se confirma la improcedencia del registro de las candidaturas a la Regiduría 2, al tiempo de otorgar el registro a las candidaturas a las Regidurías 1,3,4 y 7.
  • Cosío: Se confirma la resolución del Consejo Municipal (candidaturas no procedentes).
  • Rincón de Romos: Se confirma la resolución del Consejo Municipal (candidaturas no procedentes).
  • Tepezalá: Se confirma la resolución del Consejo Municipal (candidaturas no procedentes).
  • San José de Gracia: Se confirma la resolución del Consejo Municipal (candidaturas no procedentes).

El partido político dispondrá de un plazo de 48 horas, contadas a partir de la notificación, para subsanar las prevenciones en los casos señalados, para su posterior análisis y procedencia por parte del Consejo General.

De igual manera, se determinó el sobreseimiento del recurso de inconformidad del partido político Morena contra las resoluciones de los Consejos Municipales de Jesús María, El Llano, Asientos y Tepezalá, debido a que el pasado 05 de abril del año en curso, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SM-JDC-134/2024 y acumulados, en el que se revocaron las resoluciones de dichos Consejos Municipales, por lo que, una vez atendida la garantía de audiencia de las personas que integran las planillas, se determine la procedencia, o improcedencia de sus registros.

Por otra parte, se revocó y se dejó sin efectos la resolución del Consejo Municipal de Rincón de Romos, al argumentarse que, si bien el registro físico se hizo de forma extemporánea, la planilla encabezada por el C. Erick Muro Sánchez inició su registro en los sistemas informáticos para tal fin dentro de los plazos legales, adoptando criterios emitidos por el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) y de la Sala Regional Monterrey sobre la manifestación de intención para participar por una candidatura. Por lo anterior, se emitirá una prevención para que el partido político Morena dé contestación en un plazo de 48 horas para completar el trámite de registro, para su posterior análisis y procedencia por parte del Consejo General.

En otro punto, se confirmó la resolución del Consejo Municipal de Aguascalientes sobre el registro de la planilla de Morena, que fue motivo de inconformidad del Partido Revolucionario Institucional (PRI), al señalar el registro incompleto de la misma. No obstante, según lo indicado en la Jurisprudencia 17/2018 de la Sala Superior del TEPJF, es posible registrar planillas incompletas, si se omite cumplir el requerimiento de subsanarlas, a fin de salvaguardar el derecho a ser persona electa de quienes fueron debidamente postuladas en fórmulas completas, por lo tanto se confirmó la resolución del Consejo Municipal.

Asimismo, el partido político Morena promovió un recurso de inconformidad en contra de la determinación del Consejo Municipal de Aguascalientes, aduciendo que la planilla registrada por el PVEM presuntamente incumplió con las acciones afirmativas para personas con discapacidad y personas indígenas. No obstante, al hacerse registros de forma individual, el Consejo Municipal no es autoridad para conocer el cumplimiento en el resto de las candidaturas, por lo que se confirmó la resolución impugnada.

En un sentido similar, se atendió la inconformidad de Morena IEE/RI/016/2024, en contra de la resolución del Consejo Municipal de Aguascalientes, en donde se alegó un posible incumplimiento en las acciones afirmativas a favor de las personas indígenas de la planilla registrada por la coalición “Fuerza y Corazón por Aguascalientes”. No obstante, al tenerse la oportunidad de postular una fórmula por el principio de mayoría relativa o por el de representación proporcional, el Consejo Municipal no es autoridad competente para pronunciarse sobre el cumplimiento de este rubro.

A su vez, el Partido Acción Nacional (PAN) presentó un recurso contra el resolutivo del Consejo Municipal de Calvillo al registro de la planilla de Morena a dicho Ayuntamiento, por el presunto incumplimiento en las candidaturas de acciones afirmativas a personas con discapacidad y personas de la diversidad sexual y de género, no obstante, al no ser el Consejo Municipal autoridad competente para pronunciarse sobre el tema, se avaló la resolución emitida previamente.

En otro punto del orden del día de la sesión, el Consejo General atendió las solicitudes de sustituciones de candidaturas a cargos de Diputaciones Locales y Regidurías por el principio de representación proporcional, presentadas por el PVEM, Morena y el Partido del Trabajo (PT), a fin de dar cumplimiento con las reglas de paridad de género y acciones afirmativas para grupos de atención prioritaria.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO (PVEM)  
DEMARCACIÓNCANDIDATURA REGISTRADACALIDADCARGOLA SUSTITUYE
Ayuntamiento CalvilloAdán Ponce CalvilloPropietarioRegiduría 2José Martínez González
Ayuntamiento CalvilloChristian Macías VelascoSuplenteRegiduría 2Francisco Javier Rodríguez Durán
Ayuntamiento Pabellón de ArteagaFelipa García VargasPropietariaRegiduría 2Ma. del Refugio López Ruvalcaba
Diputación Posición 4Francisco Javier González OrdazPropietarioDiputación Posición 4Maura Valenzuela López
Diputación Posición 4Lorena Cristina Martín del Campo GuzmánSuplenteDiputación Posición 4Brenda Ludivina García Esparza
Diputación Posición 5Ma. del Socorro López TavaresPropietariaDiputación Posición 5Isaac Emmanuel Gutiérrez Anaya
Diputación Posición 5Esli Alejandra Valdés LedezmaSuplenteDiputación Posición 5Alejandro Martínez Castorena
Diputación Posición 7Isaac Emmanuel Gutiérrez AnayaPropietarioDiputación Posición 7Jennifer Kassandra Camarillo Jiménez
Diputación Posición 7Alejandro Martínez CastorenaSuplenteDiputación Posición 7Verónica Martínez Vázquez
MORENA  
DEMARCACIÓNCANDIDATURA REGISTRADACALIDADCARGOLA SUSTITUYE
Diputación Posición 1Rafael Araiza MoraSuplenteDiputación Posición 1Jesús Antonio Maya López
Diputación Posición 7Amalia López de la CruzPropietariaDiputación Posición 7Irma Reza de la Cruz
Ayuntamiento San Francisco de los RomoSalvador Martínez RomoPropietarioRegiduría 1Javier de Jesús Martínez Neri
Ayuntamiento San Francisco de los RomoJuan Carlos Cervantes FigueroaSuplenteRegiduría 1Víctor Hugo Silva Cardona
Ayuntamiento San Francisco de los RomoJavier de Jesús Martínez NeriPropietarioRegiduría 3Salvador Martínez Romo
Ayuntamiento San Francisco de los RomoVíctor Hugo Silva CardonaSuplenteRegiduría 3Juan Carlos Cervantes Figueroa

A su vez, por el Partido del Trabajo, se avalaron las siguientes candidaturas:

PARTIDO DEL TRABAJO (PT)  
DEMARCACIÓNCANDIDATURACALIDADCARGO
Diputación Posición 8Martha Elvia Rodríguez MoralesPropietariaDiputación Posición 8
Diputación Posición 8Perla María Ortega AguilarSuplenteDiputación Posición 8
Ayuntamiento Jesús MaríaIngrid Lizeth Flores GonzálezPropietariaRegiduría 2
Ayuntamiento Jesús MaríaLudivina Arronte LozadaSuplenteRegiduría 2
Ayuntamiento Jesús MaríaYessica Selene Aujang GarzaPropietariaRegiduría 4
Ayuntamiento Jesús MaríaTeresa Pamela Martínez RegaladoSuplenteRegiduría 4
Ayuntamiento Rincón de RomosJuan Ricardo Santana FloresPropietarioRegiduría 2
Ayuntamiento Rincón de RomosRicardo Díaz CastañedaSuplenteRegiduría 2
Ayuntamiento Rincón de RomosJuan Antonio Marmolejo MedinaPropietarioRegiduría 4
Ayuntamiento Rincón de RomosHeriberto Emidio QuinteroSuplenteRegiduría 4
Ayuntamiento AsientosDulce María Fernández OrtízPropietarioRegiduría 1
Ayuntamiento AsientosMa. Liliana Patricia Castillo GonzálezSuplenteRegiduría 1

También se avaló el proyecto de acuerdo para la actualización de las fechas para el procedimiento para el reclutamiento, selección y contratación de las personas Capacitadoras Asistentes Electorales Locales (CAEL) para el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024 en Aguascalientes.

De esta forma, el proceso de registro, revisión documental y plática de inducción se amplió una semana más, para concluir el domingo 14 de abril; la aplicación de examen de conocimientos, habilidades y actitudes, será entre el 20 y 21 de abril, publicándose los resultados el 22 de abril. Posteriormente, quienes hayan tenido una calificación aprobatoria serán sometidos a una entrevista, entre el 23 y el 25 de abril. La designación está proyectada a más tardar el 28 de abril.

De igual modo, se aprobaron, para su impresión y producción, los diseños de la documentación electoral para el Voto Anticipado que se implementarán en el proceso electoral.

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