La llamada “ley anti-chancla” ya fue aprobada en Jalisco, a seis meses de que el Congreso estatal recibió la propuesta del gobernador Enrique Alfaro Ramírez para modificar el Código Penal y que este considere imponer pena de seis meses a cinco años de prisión a quien, ejerciendo la patria potestad, tutela, custodia o cuidado de un menor, se le sorprenda generando alteración a la salud o integridad física o psicológica sobre el menor.
Con 33 votos a favor, diputados locales aprobaron eliminar del código penal un párrafo del artículo 142 donde se lee que no se considera maltrato infantil el ejercicio de corrección que prevé el código civil y mantiene las penas ya mencionadas, incorporando dos nuevos conceptos en legislación local: la definición de castigos corporales o físicos, y la crianza positiva de forma respetuosa y no violenta.
Se considera como castigo corporal toda acción en la que se utilice la fuerza y tenga por objeto causa de dolor o malestar aunque sea de forma leve.
Las niñas, niños o adolescentes que sean víctimas de estas agresiones podrán presentar sus propias denuncias en la Procuraduría Especializada o si lo prefiere podrán ser atendidos a través de los centros de atención de emergencias.