Aprueban dictamen en materia de hostigamiento por dispositivos electrónicos

Esteblece el delito conocido como “sexting” que afecta a personas de ambos sexos, sobre todo a mujeres, gracias a la proliferación de medios electrónicos

En sesión de la Comisión de Justicia que preside el diputado Luis Fernando Muñoz López, se aprobó el proyecto de dictamen que resuelve la Iniciativa por la cual se reforma y adicionan los artículos 3, en sus fracciones XIX y XXX; 8, Fracción I; y 48 Fracción XIV de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Aguascalientes en lo correspondiente establecer como delito el acto denominado “sexting”.

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A solicitud de la diputada María de los Ángeles Aguilera Ramírez, secundada por el diputado Leonardo Montañez Castro y el diputado presidente de esta comisión, acordaron reservarse la modificación del artículo 114 del Código Penal del Estado de Aguascalientes que establece el hostigamiento sexual como un delito, para profundizar en su análisis y realizar una posterior discusión que enriquezca la legislación del asedio con fines lascivos sobre personas de cualquier sexo aprovechándose el activo de que la víctima se encuentre en una situación de inferioridad respecto al sujeto activo por medios tecnológicos.

Por su parte, el diputado Leonardo Montañez Castro puntualizó que por “sexting” se entiende una conducta consistente en “difundir o publicar sin consentimiento contenidos en donde la protagonista de las imágenes posa en situaciones erótica o sexual, producidos con o sin autorización, utilizando para ello el teléfono móvil y otro dispositivo tecnológico.”

Agregó que la Iniciativa tiene por objeto principal esta conducta como una forma de violencia de género de tipo psicológica en el texto de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y algunos razonamientos de los proponentes son que en los últimos 20 años, es innegable el aumento de manera acelerada del desarrollo de las Tecnologías de la Información y Comunicación, propiciando nuevas formas de relaciones sociales cambiando totalmente su dinámica, sin embargo, en los últimos años ha proliferado el uso indebido de la tecnología para la realización de estafas, usurpación de identidad, creación de personajes e identidad ficticia para facilitar secuestros, delitos sexuales, acoso y la exposición no consensuada, principalmente de mujeres, de lo cual ya se cuenta con registros y denuncias.

Por lo anterior, se hizo el análisis de la Iniciativa en los términos de que el eventual realce de la comunicación virtual inmediata, produce nuevos fenómenos sociales que pueden poner en riesgo el derecho a la dignidad y a la privacidad de las personas, dado que la grabación, reproducción y manipulación de contenidos tecnológicos, es todavía un ámbito que escapa de su regulación plena en ordenamientos jurídicos y, además, aplicar el uso de un término que explique el “sexting” y deje de usarse el anglicismo como forma de tipificación de este delito.

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