El Proceso Electoral Local 2018-2019 marcó historia en el estado, ya que las mujeres electas conformarán el 53.2% de los once Ayuntamientos.
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La presencia femenina en los Ayuntamientos de Aguascalientes romperá un récord histórico, ya que más de la mitad de los cargos disputados en la elección del pasado 2 de junio, serán ocupados por mujeres.
Por primera vez en la historia democrática de la entidad, las mujeres acapararán el 53.2% de los Cabildos para el periodo constitucional 2019-2021, en tanto que los hombres representarán el 46.8% de su conformación global, según datos del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Aguascalientes.
De acuerdo con los resultados oficiales del Proceso Electoral Local 2018-2019, que pueden ser consultados en la página http://www.ieeags.org.mx, el género femenino se impuso en el 83% de las Sindicaturas y en el 53.5% de las Regidurías, sin embargo, tan sólo dos de los once Ayuntamientos -Aguascalientes y San José de Gracia- serán encabezados por mujeres electas por la ciudadanía para ocupar las Presidencias Municipales.
Los Ayuntamientos de Aguascalientes, Jesús María, San Francisco de los Romo y San José de Gracia tendrán una sobre representación de mujeres, mientras que los órganos municipales de Asientos, Calvillo, Cosío, El Llano, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos y Tepezalá contarán con una integración paritaria, pues ambos géneros constituirán el 50 por ciento.
Es importante informar que, a fin de revertir la desigualdad que por siglos han enfrentado las mujeres en el terreno de la política y garantizar el ejercicio de sus derechos políticos-electorales, se establecieron acciones que les permiten a ellas acceder a una mayor cantidad de postulaciones cuando el número de puestos a renovar es impar, como ocurre en el actual proceso a través del que 109 cargos serán renovados en los once Ayuntamientos.
Tal es el caso de las Medidas Afirmativas para Garantizar la Paridad de Género en el Proceso Electoral Local 2018-2019, emitidas en la sesión extraordinaria del 10 de noviembre de 2018, con el propósito de que una mayor presencia femenina en las boletas electorales, redunde en un equilibrio entre mujeres y hombres en la conformación de los órganos municipales.
El Código Electoral del Estado de Aguascalientes dispone, en su artículo 143, que se deben aplicar en todo momento los principios de paridad de género -paridad vertical, horizontal y sesgo- así como la alternancia en la integración de los Ayuntamientos, tanto en la postulación y registro de planillas de mayoría relativa, como las listas de representación proporcional. La autoridad electoral también debe partir de dichos principios para la asignación de Regidurías de representación proporcional.