El presidente municipal reiteró la colaboración para la prestación de servicios y que la verbena se efectúe con orden y seguridad
En Sesión Extraordinaria de Cabildo, este viernes, el H. Ayuntamiento de Aguascalientes aprobó por unanimidad la solicitud de aprobación del perímetro aplicable para la Feria Nacional de San Marcos 2022, que abarca 93 hectáreas desde la calle Venustiano Carranza, hasta la Isla San Marcos.
El presidente municipal recalcó que se trabajará en coordinación con el Gobierno del Estado y el Patronato de la Feria Nacional de San Marcos para que la verbena se desarrolle de forma ordenada y segura y los servicios públicos se presten de manera eficiente y con calidad a favor de la ciudadanía y el turismo, colaborando asimismo en los protocolos sanitarios para cuidar la salud de las personas.
Se aprobó también la propuesta de tope de tarifas máximas en los estacionamientos públicos ubicados dentro del municipio de Aguascalientes, otorgando 5 minutos de tolerancia:
- Primera categoría: $16.00 (Dieciséis pesos 00/100 M.N.) por hora.
- Segunda categoría: $15.00 (Quince pesos 00/100 M.N.) por hora.
- Tercera categoría: $13.00 (Trece pesos 00/100 M.N.) por hora.
Tarifas máximas de los estacionamientos públicos de primera, segunda y tercera categorías que cobren en los eventos especiales y durante el periodo de la Feria Nacional de San Marcos en su edición 2022:
- Primera categoría: $24.00 (Veinticuatro pesos 00/100 M.N.) por hora y $125.00 (Ciento veinticinco pesos 00/100 M.N.) por día.
- Segunda categoría: $22.00 (Veintidós pesos 00/100 M.N.) por hora y $105.00 (Ciento cinco pesos 00/100 M.N.) por día.
- Tercera categoría: $20.00 (Veinte pesos 00/100 M.N.) por hora y $95.00 (Noventa y cinco pesos 00/100 M.N.) por día.
Otorgando una tolerancia mínima de quince minutos antes de la primera hora y después del cobro una tolerancia mínima de quince minutos para la salida.
Tarifas máximas de los estacionamientos públicos de primera, segunda y tercera categorías que prestan el servicio de Pensión:
- Primera categoría: $540.00 (Quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) por mes.
- Segunda categoría: $490.00 (Cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.) por mes.
- Tercera categoría: $430.00 (Cuatrocientos treinta pesos 00/100 M.N.) por mes.
Tarifas máximas por hora de los estacionamientos públicos comerciales:
- $8.00 pesos (Ocho Pesos 00/100M.M.) por las dos primeras horas. A partir de la tercera hora el cobro será de $8.00 (Ocho Pesos 00/100M.M.) por hora o fracción. Debiendo otorgar una tolerancia mínima de quince minutos antes de la primera hora y después del cobro una tolerancia mínima de quince minutos para la salida.
Tratándose de los estacionamientos públicos en todas sus modalidades y categorías, se propone el cobro de una tarifa máxima hasta de $95.00 (Noventa y Cinco pesos 00/100 M.N.), a quien acredite por los medios idóneos la propiedad del vehículo, en el caso de extravío del boleto o la contraseña entregada al usuario por parte del estacionamiento público.
En otros puntos del orden del día se aprobaron los siguientes dictámenes:
Renovación del arrendamiento de dos predios municipales, identificados como local 63 y 64 en la esquina que forman los andadores Juárez e Ignacio Allende, en el Centro Comercial “El Parián”, a favor de la distribuidora Rayos Sport, S. A de C. V.; para operar una sucursal de tienda de venta de calzado y artículos deportivos.
Renovación del comodato condicionado de una fracción del área de donación del fraccionamiento Hacienda El Cóbano, sobre la Av. Centaury, a favor de la Asociación Civil “Paso a Paso con Él”, con el objeto de continuar con la construcción de un Centro de Rehabilitación para Adolescentes y Jóvenes con Discapacidad especialmente con parálisis cerebral.
Comodato condicionado de un predio propiedad municipal en el Fraccionamiento Insurgentes con frente a la calle General Francisco J. Mújica, a favor de la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes, para la operación y mantenimiento del pozo P-121a Insurgentes, en beneficio de la población de la zona y su contexto.
Fueron aprobadas además, reformas al Numeral 2, 39 y 40 del Manual de Lineamientos para el Control de los Recursos de las Dependencias y Entidades del Municipio de Aguascalientes, con el fin de mejorar y homologar procesos administrativos bajo principios de eficacia, transparencia y honradez.
Se aprobó también una adición al Artículo 76 del Reglamento de Justicia Cívica para el Municipio de Aguascalientes, que establece como falta negarse a portar el cubreboca al decretarse el uso de este por autoridades correspondientes durante emergencias sanitarias como la pandemia Covid-19, y como medida preventiva y de cuidado a la salud de la población evitando contagios.