No deberán cumplir el requisito relativoa la copia simple de la credencial de elector de los ciudadanos que manifiesten su apoyo al aspirante
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó los requisitos establecidos para los candidatos que buscan un cargo de forma independiente a diputado por el principio de mayoría relativa.
El Consejo General del Instituto Estatal Electroal del estado estableció que no deberán cumplir el requisito relativoa la copia simple de la credencial de elector de los ciudadanos que manifiesten su apoyo al aspirante.
Aseguraron que este requisito no está previsto en los artículos 384 y 387 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes.
Así como no ser militantes o afiliados a partidos políticos seis años antes del proceso electoral, para lograr su registro en Aguascalientes.
Los aspirantes deberán acreditar que cuentan con el apoyo de al menos el 2.5% de los ciudadanos inscritos en el Registro Federal de Electores y que aparezcan en la Lista Nominal de Electores correspondiente a la demarcación electoral distrital.